Resumen del Artículo 120

Artículo 120 del Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. (codigo) — Régimen financiero. La Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid se financiará mediante: a) Las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid. b) Los rendimientos procedentes de los bienes y derechos propios o que tenga adscritos. c)…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 120

La Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid se financiará mediante:

a) Las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid.

b) Los rendimientos procedentes de los bienes y derechos propios o que tenga adscritos.

c) Los ingresos que esté autorizado a percibir, de acuerdo con la normativa vigente.

d) Las subvenciones, donaciones y cualquier otra aportación voluntaria de cualquier persona física o persona jurídica pública o privada.

e) Los ingresos ordinarios o extraordinarios que esté autorizado a percibir.

f) Los ingresos que obtenga como consecuencia de la actividad que realice en el cumplimiento de sus funciones.

g) Cualquier otro bien y derecho que pudiera corresponderle.

Norma publicada: 21 de diciembre de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 120

¿Qué dice el Artículo 120 del codigo?

Régimen financiero. La Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid se financiará mediante: a) Las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid. b) Los…

¿El Artículo 120 del codigo está vigente?

El artículo 120 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 120 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 4.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 120?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.