Resumen del Artículo 199

Artículo 199 del Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación. (codigo) — Financiación de la escolarización obligatoria y de otras enseñanzas gratuitas. El Gobierno debe garantizar la gratuidad de la escolarización de las enseñanzas a las que se refiere el artículo 5.2 y debe sostener con los recursos económicos necesarios los centros que prestan el…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 199

El Gobierno debe garantizar la gratuidad de la escolarización de las enseñanzas a las que se refiere el artículo 5.2 y debe sostener con los recursos económicos necesarios los centros que prestan el Servicio de Educación de Cataluña, de acuerdo con la programación educativa.

Norma publicada: 10 de julio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 199

¿Qué dice el Artículo 199 del codigo?

Financiación de la escolarización obligatoria y de otras enseñanzas gratuitas. El Gobierno debe garantizar la gratuidad de la escolarización de las enseñanzas a las que se refiere el artículo 5.2 y…

¿El Artículo 199 del codigo está vigente?

El artículo 199 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 199 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 199?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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