Resumen del Artículo 35

Artículo 35 del Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. (codigo) — Derechos de las empresas turísticas. Las empresas turísticas tienen derecho a: a) Ejercer libremente su actividad, de conformidad con lo establecido en la presente Ley y la normativa que les sea de aplicación. b) Ser incluidas, con especificación del nombre, las características…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 35

Las empresas turísticas tienen derecho a:

a) Ejercer libremente su actividad, de conformidad con lo establecido en la presente Ley y la normativa que les sea de aplicación.

b) Ser incluidas, con especificación del nombre, las características y la oferta específica, en los catálogos, los directorios, las guías y los demás servicios de información facilitados por las administraciones turísticas.

c) Participar en la planificación, la programación y la adopción de las decisiones de las administraciones turísticas, directamente o a través de las asociaciones u organizaciones en las que se integren, de acuerdo con la legislación vigente.

d) Solicitar las ayudas, las subvenciones y los incentivos económicos que otorguen las administraciones turísticas y participar en los programas de promoción turística.

e) Acceder, en los términos establecidos por la legislación vigente, a la información en poder de las administraciones turísticas.

f) Ser protegidas por la Administración competente contra la competencia desleal y el intrusismo en el sector.

Norma publicada: 21 de junio de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 35

¿Qué dice el Artículo 35 del codigo?

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¿El Artículo 35 del codigo está vigente?

El artículo 35 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 35 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 35?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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