Resumen del Artículo 86

Artículo 86 del Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. (codigo) — Clases de infracciones. Las infracciones administrativas en materia de turismo se clasifican en leves, graves y muy graves.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 86

Las infracciones administrativas en materia de turismo se clasifican en leves, graves y muy graves.

Norma publicada: 21 de junio de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 86

¿Qué dice el Artículo 86 del codigo?

Clases de infracciones. Las infracciones administrativas en materia de turismo se clasifican en leves, graves y muy graves.

¿El Artículo 86 del codigo está vigente?

El artículo 86 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 86 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 86?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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