Artículo 18
Se crea la Mesa del Comercio de Galicia como órgano colegiado consultivo de participación, asesoramiento y colaboración con la Administración autonómica en el fomento y ordenación de la actividad comercial.
2. La Mesa del Comercio de Galicia se adscribe a la consejería competente en materia de comercio.
Norma publicada: 17 de diciembre de 2010