Artículo 19
La Mesa del Comercio de Galicia ejercerá las siguientes funciones:
a) Formular propuestas y sugerencias para la mejora de la planificación, gestión y evaluación de las políticas públicas en el ámbito del comercio.
b) Formular propuestas y sugerencias sobre líneas estratégicas y prioridades de actuación que se estimen convenientes para el fomento y mejora del tejido comercial gallego.
c) Diseñar y proponer programas formativos para el incremento de la capacitación y la profesionalidad del sector comercial.
d) Cualquier otra actuación necesaria para el ejercicio de sus funciones o que le sea atribuida legal o reglamentariamente.
Norma publicada: 17 de diciembre de 2010