Resumen del Artículo 65

Artículo 65 del Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales. (codigo) — Plan Estratégico de Servicios Sociales. 1. El Plan Estratégico de Servicios Sociales tendrá como finalidad ordenar las medidas, servicios, recursos y acciones necesarias para cumplir los objetivos del Sistema Público de Servicios Sociales. 2. La vigencia de cada Plan Estratégico…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 65

1. El Plan Estratégico de Servicios Sociales tendrá como finalidad ordenar las medidas, servicios, recursos y acciones necesarias para cumplir los objetivos del Sistema Público de Servicios Sociales.

2. La vigencia de cada Plan Estratégico se extenderá a cada periodo legislativo.

3. El Plan Estratégico deberá recoger los objetivos, acciones, cronograma de desarrollo y la competencia y responsabilidad de su ejecución y evaluación, así como los proyectos de investigación e innovación.

4. El Plan Estratégico irá acompañado de una memoria económica, desglosada por anualidades, en la que se consignarán los créditos necesarios para su aplicación progresiva.

Norma publicada: 27 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 65

¿Qué dice el Artículo 65 del codigo?

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¿El Artículo 65 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 65 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VII.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 65?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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