Artículo 69
Las Administraciones públicas fomentarán la investigación e innovación en materia de servicios sociales, orientándola fundamentalmente a la realización de estudios sobre:
a) Las necesidades sociales actuales y futuras de la población.
b) Las causas y los factores que inciden sobre la evolución de la demanda de servicios.
c) Las fórmulas de organización y gestión de los implantados por el Sistema Público de Servicios Sociales y de aquellos que quepa implantar en el futuro.
Norma publicada: 30 de junio de 2009