Resumen del Artículo 55

Artículo 55 del Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria. (codigo) — Los distritos escolares. 1. La estructura básica del distrito escolar está configurada por el conjunto de centros de infantil y primaria adscritos a un centro de secundaria. 2. Cada una de las zonas quedará divida en distritos escolares, con el objeto de obtener la máxima…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 55

1. La estructura básica del distrito escolar está configurada por el conjunto de centros de infantil y primaria adscritos a un centro de secundaria.

2. Cada una de las zonas quedará divida en distritos escolares, con el objeto de obtener la máxima rentabilidad de los recursos, facilitar la coordinación de los centros, los servicios y los programas y de ofrecer la mejor atención posible al alumnado.

3. El Gobierno de Canarias determinará reglamentariamente cada uno de los distritos, atendiendo a criterios de proximidad, eficacia y eficiencia, fijando su espacio de actuación así como los recursos que los conforman.

4. El mapa escolar de Canarias estará basado en las islas y en los distritos de cada una de las islas. Los distritos escolares en cada una de las islas serán definidos por el Gobierno de Canarias en colaboración con las distintas administraciones locales. Las zonas metropolitanas de las islas capitalinas tendrán sus propios distritos escolares.

Norma publicada: 25 de julio de 2014

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 55

¿Qué dice el Artículo 55 del codigo?

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¿El Artículo 55 del codigo está vigente?

El artículo 55 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 55 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 55?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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