Resumen del Artículo 2

Artículo 2 del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. (codigo) — Finalidad. La finalidad de la Ley de Educación es garantizar un sistema educativo de calidad en condiciones de igualdad, respetuoso con los valores de la Constitución y con los derechos y libertades reconocidos en ella, que responda a las demandas de la sociedad actual y…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 2

La finalidad de la Ley de Educación es garantizar un sistema educativo de calidad en condiciones de igualdad, respetuoso con los valores de la Constitución y con los derechos y libertades reconocidos en ella, que responda a las demandas de la sociedad actual y contribuya al desarrollo integral y a la formación científica, cultural, artística y a la convivencia democrática de los ciudadanos y las ciudadanas de Castilla-La Mancha.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 2

¿Qué dice el Artículo 2 del codigo?

Finalidad. La finalidad de la Ley de Educación es garantizar un sistema educativo de calidad en condiciones de igualdad, respetuoso con los valores de la Constitución y con los derechos y libertades…

¿El Artículo 2 del codigo está vigente?

El artículo 2 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 2 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 2?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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