Resumen del Artículo 34

Artículo 34 del Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia. (codigo) — Derechos de las empresarias y empresarios turísticos. Las empresarias y empresarios turísticos disfrutarán de los derechos que a continuación se enumeran, sin perjuicio de lo previsto en otras disposiciones que sean de aplicación: a) A que se incluya información sobre sus…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 34

Las empresarias y empresarios turísticos disfrutarán de los derechos que a continuación se enumeran, sin perjuicio de lo previsto en otras disposiciones que sean de aplicación:

a) A que se incluya información sobre sus establecimientos y su oferta de actividades en los catálogos, directorios y guías, cualquiera que fuese su soporte, de la Administración de la Xunta de Galicia y, en los términos que las mismas establezcan, de las demás administraciones.

b) A incorporarse a las actividades de promoción turística que se lleven a cabo por las administraciones públicas, en las condiciones fijadas por las mismas.

c) A solicitar las ayudas, subvenciones e incentivos promovidos por las administraciones públicas para el desarrollo del sector.

d) A participar, a través de sus asociaciones, en el proceso de adopción de decisiones públicas en relación con el turismo y en los órganos colegiados representativos de sus intereses previstos en la presente ley.

e) A impulsar, a través de sus asociaciones, el desarrollo y ejecución de programas de cooperación pública, privada y social de interés general para el sector turístico.

f) A proponer, a través de sus asociaciones, la realización de estudios, investigaciones y publicaciones que contribuyan a la mejora del desarrollo de la empresa turística en la comunidad autónoma.

g) A proponer, a través de sus asociaciones, cualquier otra acción no citada anteriormente que pudiera contribuir al fomento y desarrollo turísticos.

Norma publicada: 27 de octubre de 2011

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 34

¿Qué dice el Artículo 34 del codigo?

Derechos de las empresarias y empresarios turísticos. Las empresarias y empresarios turísticos disfrutarán de los derechos que a continuación se enumeran, sin perjuicio de lo previsto en otras…

¿El Artículo 34 del codigo está vigente?

El artículo 34 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 34 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 34?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.