Artículo 2Art 2
Art. 2. Proyección exterior.
La Administración de la Generalidad promoverá la difusión exterior del patrimonio cultural catalán y los intercambios culturales. También promoverá el establecimiento de tratados o convenios, en los términos establecidos por el Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Norma publicada: 30 de septiembre de 1993