Resumen del Artículo 30

Artículo 30 del Ley de Defensa de la Competencia (LDC) — Causas de cese en el ejercicio del cargo. 1. El Presidente y los Consejeros de la Comisión Nacional de la Competencia cesarán en su cargo según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. 2. El Director de Investigación cesará en su…

LDCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 30

1. El Presidente y los Consejeros de la Comisión Nacional de la Competencia cesarán en su cargo según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

2. El Director de Investigación cesará en su cargo mediante Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, previa aprobación por mayoría simple del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.

Norma publicada: 3 de julio de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 30

¿Qué dice el Artículo 30 del LDC?

Causas de cese en el ejercicio del cargo. 1. El Presidente y los Consejeros de la Comisión Nacional de la Competencia cesarán en su cargo según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 2/2011, de 4 de…

¿El Artículo 30 del LDC está vigente?

El artículo 30 del LDC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 30 dentro del LDC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 30?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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