Resumen del Artículo 39

Artículo 39 del Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales. (codigo) — Competencias de las entidades locales. Corresponde a las entidades locales: a) Estudiar y detectar las necesidades sociales que se produzcan dentro de su ámbito territorial. b) Participar en la planificación general de los servicios sociales realizada por la Administración de la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 39

Corresponde a las entidades locales:

a) Estudiar y detectar las necesidades sociales que se produzcan dentro de su ámbito territorial.

b) Participar en la planificación general de los servicios sociales realizada por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Aprobar planes estratégicos y sectoriales de ámbito local y programas básicos o comunitarios y especializados de ámbito local.

d) Crear, mantener y gestionar los Servicios Sociales de base de su ámbito territorial.

e) Crear, mantener y gestionar los servicios sociales especializados que considere necesarios dentro de su ámbito territorial.

f) Aprobar la cartera de servicios sociales de ámbito local cuando pretenda completar en su ámbito territorial la cartera de servicios de ámbito general.

g) Gestionar las prestaciones de servicios sociales que le correspondan de acuerdo con esta Ley Foral y de conformidad con lo previsto en la cartera de servicios sociales de ámbito general y, en su caso, con su propia cartera de servicios sociales.

h) El resto de competencias atribuidas por esta Ley Foral y por el resto del ordenamiento jurídico.

Norma publicada: 14 de diciembre de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 39

¿Qué dice el Artículo 39 del codigo?

Competencias de las entidades locales. Corresponde a las entidades locales: a) Estudiar y detectar las necesidades sociales que se produzcan dentro de su ámbito territorial. b) Participar en la…

¿El Artículo 39 del codigo está vigente?

El artículo 39 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 39 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 39?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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