Artículo 40
Los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra se organizarán territorialmente de acuerdo con los siguientes principios:
a) Descentralización.
b) Proximidad a la ciudadanía.
c) Eficacia en la satisfacción de las necesidades sociales.
d) Equilibrio y homogeneidad territorial.
e) Accesibilidad a la información y a los servicios.
f) Coordinación y trabajo en red.
Norma publicada: 14 de diciembre de 2006