Resumen del Artículo 82

Artículo 82 del Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales. (codigo) — Plan de calidad. 1. El Gobierno de Navarra aprobará planes de calidad para los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, como instrumento básico para asegurar el desarrollo y la aplicación de los procesos de calidad. 2. Cada plan tendrá una vigencia de cuatro años,…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 82

1. El Gobierno de Navarra aprobará planes de calidad para los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, como instrumento básico para asegurar el desarrollo y la aplicación de los procesos de calidad.

2. Cada plan tendrá una vigencia de cuatro años, aunque deberá ser modificado periódicamente en función de la evaluación sistemática de sus objetivos y del seguimiento de su aplicación.

3. Los planes de calidad deberán contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos:

a) La definición de los objetivos de calidad a lograr.

b) Los instrumentos y sistemas de mejora generales y sectoriales.

c) Los estudios de opinión de los usuarios y de sus familias.

d) La perspectiva de género en la gestión, la organización y la prestación de servicios.

Norma publicada: 14 de diciembre de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 82

¿Qué dice el Artículo 82 del codigo?

Plan de calidad. 1. El Gobierno de Navarra aprobará planes de calidad para los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, como instrumento básico para asegurar el desarrollo y la aplicación…

¿El Artículo 82 del codigo está vigente?

El artículo 82 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 82 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 82?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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