Resumen del Artículo 180

Artículo 180 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat) — Designación de miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial. La Generalitat participa en los procesos de designación de Magistrados del Tribunal Constitucional y de miembros del Consejo General del Poder Judicial, en los términos que dispongan…

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 180

La Generalitat participa en los procesos de designación de Magistrados del Tribunal Constitucional y de miembros del Consejo General del Poder Judicial, en los términos que dispongan las leyes, o, en su caso, el ordenamiento parlamentario.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 180

¿Qué dice el Artículo 180 del EACat?

Designación de miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial. La Generalitat participa en los procesos de designación de Magistrados del Tribunal Constitucional y de…

¿El Artículo 180 del EACat está vigente?

El artículo 180 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 180 dentro del EACat?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección Segunda.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 180?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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